Regl. 8462, art. 4.5

Retiro de la oferta

Length: 85 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8462, Art. 4.5

El retiro de una oferta podrá efectuarse mediante petición escrita, presentada hasta veinticuatro (24) horas antes del acto de apertura de la subasta. El licitador no podrá presentar una oferta sustituta, una vez retirada la oferta para determinada subasta. Cuando un licitador insista en el retiro de su oferta con posterioridad a la apertura de una subasta, se considerará como incumplimiento de sus responsabilidades como licitador y el Contralor Electoral podrá aplicar las sanciones que estime pertinentes, en armonía con las disposiciones de este Reglamento.
Regl. 8462, art. 4.5: Retiro de la oferta | Justis AI