Regl. 8462, art. 5.13
Adjudicación de la Subasta
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Cite as Reglamento Núm. 8462, Art. 5.13
La Junta de Subastas evaluará las ofertas y como éstas cumplen con los criterios de evaluación
establecidos en las especificaciones, los términos y las condiciones indicados en la invitación a
subasta, conforme el orden decreciente en que estos fueron enumerados. Seleccionará el
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postor 0 los postores que mejor cumplan con los criterios establecidos y de ser más de uno,
adjudicará la subasta a favor del postor seleccionado que ofrezca el precio más bajo.