Regl. 8464, art. 3.6
Responsabilidad de los Administradores
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Cite as Reglamento Núm. 8464, Art. 3.6
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Será responsabilidad del Administrador 0 Gerente solicitar los documentos requeridos, así
como copia de la póliza de responsabilidad pública y el depósito de la fianza, según establezca
el Comité de Arrendamiento.
Será responsabilidad del Administrador o Gerente el coordinar con el Supervisón de
Conservación y Mantenimiento, una vez se autorice el arrendamiento de un local, la inspección
del local junto con el prospecto arrendatario y llenar un formulario tipo "punch list" para que éste
sea firmado por el arrendatario; donde éste acepte el local tal y como está. Este formulario se
va a incorporar como parte del contrato o documentos requeridos. El mismo indica el estado
del local al momento de la entrega, así como cualquier mejora a ser realizada por la Compañía
e irá acompañado de fotografías del local. Copia del informe será referida a la División de
asesoría Legal para anejarlo al expediente del contrato.
Todo administrador 0 gerente mantendrá en un lugar seguro copia de todos los documentos
sometidos para la evaluación de los prospectos arrendatarios en un expediente debidamente
identificado.
El Supervisor de Cobros mantendrá actualizados los abstractos de arrendamiento y
presentarán durante los primeros tres (3) días laborables del mes este informe al Gerente de
Bienes Raíces Senior y al Director de Bienes Raíces para ser presentados en la reunión de
Comité de arrendamiento. La notificación se hará mediante correo interno, correo electrónico o
mediante sistemas computadorizados creados 0 adquiridos para esos fines.
Los administradores 0 gerentes rendirán un informe mensual dirigido al Gerente de Bienes
Raíces Senior y/o al Director de Bienes Raíces. Este consistirá de lo siguiente:
i. Informe de Ocupación (Abstracto)
ii. Informe de Gestiones Posibles Prospectos Arrendatarios (mercadeo).
iii. Informe de Espacios Vacantes