Regl. 8464, art. 5.3 dup2
Responsabilidades
Length: 134 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8464, Art. 5.3 dup2
El Director de Bienes RaÃces en unión al Gerente de Conservación y Mantenimiento
establecerán un Plan de Trabajo Anual determinando y planificando el mantenimiento de las
Facilidades Comerciales de manera preventiva.
1. Será responsabilidad de los administradores o gerentes, y en su defecto el personal
asignado en el plan de contingencias, atender cualquier emergencia que ocurra en
cualquiera de las Facilidades Comerciales, asà sucesivamente.
2. Todo empleado de mantenimiento será responsable de notificar roturas 0 desperfectos
en equipos 0 materiales de trabajo a su supervisor inmediato, asà como de cualquier
situación que requiera atención inmediata.
3. Los administradores y gerentes se asegurarán de que el mantenimiento rutinario se
brinde con una frecuencia razonable y en cumplimiento con el plan de trabajo de la
División de Conservación y Mantenimiento.
SEXTA PARTE
USO DE FACILIDADES COMERCIALES