Regl. 8464, art. 7.5

Criterios para fijar la cuantía de la Multa

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Cite as Reglamento Núm. 8464, Art. 7.5

13 La multa se impondrá con el propósito de penalizar o castigar por una conducta en violación de las normas legales y reglamentarias bajo la jurisdicción de la Compañía y se podrá tomar en consideración el objetivo de tratar de evitar que el infractor incurra en la misma violación 0 violaciones similares. La Compañía podrá tomar en consideración, como atenuantes o agravantes, los siguientes criterios al determinar dicha cuantía: 1) La disposición del infractor para corregir las acciones u omisiones que provocaron la violación; 2) El tiempo invertido por el infractor para corregir las acciones u omisiones que provocaron la violación; 3) La reincidencia; 4) Se podrá reducir la multa impuesta si la violación se corrige en un período no mayor de quince (15) días. 5) La naturaleza de la violación y si la misma acción u omisión del infractor representa peligrosidad para un consumidor en particular 0 para los consumidores en general. 7) El historial de infracciones de igual o similar naturaleza incurridas por el infractor.
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