Regl. 8474, art. 19 dup2

Reglamento Administrativo Registro de Transacciones Comerciales Capítulo 9: Transacciones Garantizadas Ley de Transacciones Comerciales. Dicho Reglamento tiene el propósito de implantar las reglas consistentes con la Ley y armonizarlas con las reglas y prácticas de las oficinas de Registro de Transacciones Comerciales de otras jurisdicciones que pongan en vigor de forma sustancial normas equivalentes a este Capítulo. Anula Regl. 7874

Length: 355 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8474, Art. 19 dup2

EFECTIVIDAD DE LA DECLARACIÓN DE FINANCIAMIENTO SI UN NUEVO DEUDOR SE OBLIGA BAJO UN ACUERDO DE GARANTÍA MOBILIARIA (a) Declaración de financiamiento en la que conste un Deudor original. Excepto que de otro modo se disponga en esta Sección, una Declaración de financiamiento registrada en la que conste un Deudor original será efectiva para perfeccionar la garantía mobiliaria en la Propiedad gravada sobre la cual un nuevo Deudor adquiera derechos, en la medida en la que la Declaración de financiamiento inicial fuera efectiva con respecto a los derechos adquiridos sobre la Propiedad gravada por el Deudor original. (b) Declaración de financiamiento que se convierte en gravemente engañosa. Si la diferencia entre el nombre del Deudor original y el de un nuevo Deudor 30 causara que una Declaración de financiamiento, efectiva bajo la subsección (a), se tornara gravemente engañosa bajo la Sección 17: (1) dicha Declaración de financiamiento sería efectiva para perfeccionar una garantía mobiliaria sobre Propiedad gravada adquirida por el nuevo Deudor dentro de los cuatro (4) meses subsiguientes a que el nuevo Deudor estuviese obligado como Deudor bajo un Acuerdo de Garantía Mobiliaria otorgado por otro Deudor si, por operación de ley que no sea este Capítulo o por contrato: (A) el Acuerdo de Garantía Mobiliaria fuera efectivo para crear una garantía mobiliaria sobre la propiedad de ese Deudor; O (B) si el nuevo Deudor adquiriera 0 asumiera todos 0 sustancialmente todos los activos del otro Deudor incluyendo aquellas instancias que abarcaran la obligación garantizada bajo el Acuerdo de Garantía Mobiliaria. (2) la Declaración de financiamiento no será efectiva para perfeccionar la garantía mobiliaria en la Propiedad gravada adquirida por el nuevo Deudor una vez expirados cuatro (4) meses luego de que el nuevo Deudor estuviese obligado bajo el inciso (1) de esta Sección, a menos que una 31 Declaración de financiamiento inicial que proveyera el nombre del nuevo Deudor fuera radicada antes de que expirase ese término. (c) Cuándo esta Sección no aplica. Esta Sección no aplicará a la Propiedad gravada en relación a la cual una Declaración de financiamiento permaneciera vigente en contra de un nuevo Deudor bajo la Sección 18 (a).
Regl. 8474, art. 19 dup2: Reglamento Administrativo Registro de Transacciones Comerciales Capítulo 9: Transacciones Garantizadas Ley de Transacciones Comerciales. Dicho Reglamento tiene el propósito de implantar las reglas consistentes con la Ley y armonizarlas con las reglas y prácticas de las oficinas de Registro de Transacciones Comerciales de otras jurisdicciones que pongan en vigor de forma sustancial normas equivalentes a este Capítulo. Anula Regl. 7874 | Justis AI