Regl. 8474, art. 23 dup2
Reglamento Administrativo Registro de Transacciones Comerciales Capítulo 9: Transacciones Garantizadas Ley de Transacciones Comerciales. Dicho Reglamento tiene el propósito de implantar las reglas consistentes con la Ley y armonizarlas con las reglas y prácticas de las oficinas de Registro de Transacciones Comerciales de otras jurisdicciones que pongan en vigor de forma sustancial normas equivalentes a este Capítulo. Anula Regl. 7874
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Cite as Reglamento Núm. 8474, Art. 23 dup2
ENMIENDA A UNA DECLARACIÓN DE FINANCIAMIENTO
(a) Enmienda a información provista en una Declaración de
financiamiento. Sujeto a la Sección 20 y a la subsección (e) de esta Sección,
una persona podrá enmendar la información provista en una Declaración de
financiamiento radicando una enmienda que pretenda añadir o eliminar
Propiedad gravada y/o continuar O terminar la vigencia de la misma si:
(1) identifica, por su Número de Registro, la Declaración de financiamiento
inicial a la cual la enmienda se relaciona.
(b)
Periodo de efectividad no se afecta. Excepto que de otro modo se disponga
en la Sección 26, la presentación de una enmienda no extiende el período de
eficacia de una Declaración de financiamiento.
(c) Efectividad de una enmienda que añade Propiedad gravada. Una
Declaración de financiamiento que sea enmendada para añadir Propiedad
gravada será efectiva en cuanto a la Propiedad gravada añadida sólo desde la
fecha de la presentación de la enmienda.
(d) Efectividad de una enmienda que añada a un Deudor. Una declaración de
financiamiento que sea enmendada para añadir a un Deudor será efectiva en
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cuanto al Deudor agregado sólo desde la fecha de la presentación de la
enmienda.
(e) Ciertas enmiendas son ineficaces. Una enmienda será ineficaz en la medida
en la que ésta:
(1) intente eliminar a todos los Deudores y no provea el nombre del Deudor
que estaría sujeto a la Declaración de financiamiento enmendada; 0
(2) intente eliminar a todos los acreedores garantizados y no provea el
nombre del nuevo Acreedor garantizado en la Declaración de
financiamiento enmendada.