Regl. 8474, art. 37 dup2
Reglamento Administrativo Registro de Transacciones Comerciales CapÃtulo 9: Transacciones Garantizadas Ley de Transacciones Comerciales. Dicho Reglamento tiene el propósito de implantar las reglas consistentes con la Ley y armonizarlas con las reglas y prácticas de las oficinas de Registro de Transacciones Comerciales de otras jurisdicciones que pongan en vigor de forma sustancial normas equivalentes a este CapÃtulo. Anula Regl. 7874
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Cite as Reglamento Núm. 8474, Art. 37 dup2
MANERAS DE PRESENTAR UNA DECLARACIÓN DE
FINANCIAMIENTO
(a) Una Declaración de financiamiento podrá someterse personalmente en las
Oficinas Centrales del Registro de Transacciones Comerciales, en el Edificio
Diputación Provincial, Calle San José, Viejo San Juan; O en una Oficina de
Registro Regional. La fecha y hora del registro será al momento en que un
oficinal del Registro de Transacciones Comerciales reciba el documento,
independientemente que posteriormente sea rechazado conforme a este
Reglamento.
(b) Una Declaración de financiamiento podrá someterse mediante servicio de
mensajerÃa en las Oficinas Centrales del Registro de Transacciones
Comerciales o en una Oficina de Registro Regional. La fecha y hora del
registro será cuando el documento sea examinado por primera vez por un
oficial del registro, 0 el próximo cierre de dÃa laborable, lo que ocurra
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primero. Esta norma no aplica a persona que actúa como representante del
Acreedor garantizado, que acude personalmente a presentar el documento.
(c) Mediante correo postal, a la dirección postal de las Oficinas Centrales del
Registro de Transacciones Comerciales. La fecha y hora de registro será el
cierre del próximo dÃa laborable luego de recibido el documento.
(d) Mediante correo electrónico 0 fax, a la dirección de correo electrónico
provista por las Oficinas Centrales del Registro de Transacciones
Comerciales, 0 el número de fax provisto por esta oficina. La fecha y hora de
presentación será cuando un oficial del registro examine el documento por
primera vez, 0 el cierre del próximo dÃa laborable, lo que ocurra primero.
(e) Mediante presentación electrónica en lÃnea a través de la página de internet
del Departamento de Estado (http://www.estado.gobierno.pr/). La fecha y
hora de presentación será el momento en que toda la información es entrada
en el portal, y la transacción es confirmada. El usuario recibirá una
confirmación electrónica de su presentación. Los usuarios que prefieran
usar este medio deberán obtener, una vez se identifiquen, un nombre de
usuario y contraseña del Registro de Transacciones Comerciales.
(f)
Los formularios descritos en la Ley, según sean modificados de tiempo en
tiempo por el Departamento conforme a lo dispuesto en este Reglamento,
serán las únicas formas a ser utilizadas para la presentación de transacciones
al Registro de Transacciones Comerciales.
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