Regl. 8474, art. 5

Reglamento Administrativo Registro de Transacciones Comerciales Capítulo 9: Transacciones Garantizadas Ley de Transacciones Comerciales. Dicho Reglamento tiene el propósito de implantar las reglas consistentes con la Ley y armonizarlas con las reglas y prácticas de las oficinas de Registro de Transacciones Comerciales de otras jurisdicciones que pongan en vigor de forma sustancial normas equivalentes a este Capítulo. Anula Regl. 7874

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Cite as Reglamento Núm. 8474, Art. 5

DEFINICIONES Los siguientes términos utilizados en este Reglamento tendrán el significado que a continuación se expresa: (1) "Acreedor garantizado" significa: (A) una persona en cuyo favor se crea, 0 se provee una garantía mobiliaria bajo un Acuerdo de Garantía Mobiliaria, indistintamente de si la obligación que será garantizada está 0 no pendiente de pago; (B) una persona que posee un Gravamen agrícola; (C) un Consignador; 2 (D) una persona a la cual le han sido vendidos cuentas, Papel Financiero, pagos intangibles 0 pagarés; (E) un síndico, el fideicomisario de un convenio escrito, el agente relacionado con una Propiedad gravada u otro representante en cuyo favor una garantía mobiliaria 0 Gravamen agrícola se crea O se provee; (F) una persona que tiene una garantía mobiliaria. (2) "Acuerdo de Garantía Mobiliaria" significa un acuerdo que crea 0 provee para una garantía mobiliaria. (3) "Autenticar" significa: (A) firmar; 0 (B) con la intención de adoptar 0 aceptar un récord, para fijar a, O lógicamente asociar con el récord un sonido electrónico, un símbolo 0 un proceso. 3 (4) "Bienes de consumo" significa bienes que son utilizados 0 comprados para uso primordialmente personal, familiar 0 del hogar. (5) "Casa prefabricada" significa una estructura, que sea transportable en una 0 más secciones, la cual, al ser transportada mida ocho (8) pies 0 más de ancho 0 cuarenta (40) pies 0 más de largo, 0 cuando sea erigida en el bien inmueble tenga trescientos veinte (320) pies cuadrados 0 más, y la cual es construida en un armazón permanente y diseñada para ser usada como una residencia con 0 sin zapata permanente y es conectada a los servicios públicos requeridos, e incluye los sistemas de plomería, aire acondicionado y electricidad que ésta contiene. El término incluye cualquier estructura que cumpla todos los requisitos de este párrafo excepto los requisitos de tamaño y con respecto a la cual el fabricante voluntariamente haya radicado una certificación requerida por el Secretario de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos y cumple con los estándares establecidos bajo el Título 42 del Código de los Estados Unidos. (6) "Colateral" significa una propiedad sujeta a una garantía mobiliaria O Gravamen agrícola. El término incluye: (A) Productos sobre los cuales se constituye una garantía mobiliaria; 4 (B) cuentas, Papel Financiero, pagos intangibles, y pagarés que han sido vendidos; y (C) bienes que son el objeto de una Consignación. (7) "Comunicar" significa: (A) enviar un récord escrito 0 tangible; (B) transmitir un récord por cualquier medio acordado por las personas que envían y/o reciben el récord; 0 (C) en el caso de una transmisión de un récord a, 0 por la Oficina de Registro, significa transmitir un récord por cualquier medio provisto por el reglamento de la Oficina de Registro. (8) "Consignador" significa una persona que entrega bienes en Consignación a un Consignatario. (9) "Consignación" significa una transacción, irrespectivamente de su forma, en la cual una persona entrega bienes a un comerciante para que se vendan y; 5 (A) el comerciante: (i) hace negocios con bienes de este tipo bajo un nombre que no sea el nombre de la persona que hace la entrega; (ii) no es un subastador; y (iii) sus acreedores no lo conocen generalmente por estar dedicado principalmente al negocio de ventas de bienes de terceros; (B) con respecto a cada entrega, el valor agregado de los bienes es de mil (1,000) dólares 0 más al momento de la entrega; (C) los bienes no son Bienes de Consumo inmediatamente antes de la entrega; y (D) la transacción no crea una garantía mobiliaria que garantice la obligación. (10) "Consignatario" significa un comerciante al cual le son entregados bienes bajo una Consignación. 6 (11) "Cuenta de materias primas" significa una cuenta mantenida por un intermediario de materias primas que contiene un contrato de materias primas para un cliente de materias primas. (12) "Declaración de continuación" significa una enmienda a una Declaración de financiamiento que: (A) identifica, por su Número de Registro, la Declaración de financiamiento inicial a la cual se relaciona; e (B) indica que es una Declaración de Continuación que ha sido radicada para extender el término de validez de la Declaración de financiamiento identificada. (13) "Declaración de financiamiento" significa un récord 0 records compuestos por una Declaración de financiamiento inicial y cualquier récord radicado relacionado a la Declaración de financiamiento inicial. (14) "Declaración de terminación" significa una enmienda a una Declaración de financiamiento que: (A) identifica, por su Número de Registro, la Declaración de financiamiento inicial con la cual se relaciona; e 7 (B) indica que es una Declaración de Terminación O que la Declaración de financiamiento identificada ya no es válida. (15) "Deudor" significa: (A) una persona que tiene un interés, aparte de una garantía mobiliaria u otro gravamen, en la Propiedad gravada, esté 0 no obligada la persona; (B) un vendedor de cuentas, Papel Financiero, pagos intangibles 0 pagarés; o (C) un Consignatario. (16) "Deudor original" significa una persona, que, como Deudor, otorgó un Acuerdo de Garantía Mobiliaria al cual un nuevo Deudor se ha obligado. (17) "Entidad registrada" significa una entidad organizada bajo las leyes de una jurisdicción 0 por los Estados Unidos mediante la presentación a un registro público oficial con, la emisión de un registro público oficial por, 0 la promulgación de leyes por tal jurisdicción. El término incluye un fideicomiso empresarial que se forme u organice conforme a la legislación de tal jurisdicción que regula dicho fideicomiso empresarial y requiere que 8 se presente ante tal jurisdicción el registro oficial del fideicomiso empresarial. Una corporación, compañía de responsabilidad limitada, sociedad de responsabilidad limitada de Puerto Rico, que esté debidamente registrada con el Secretario de Estado de Puerto Rico o una sociedad en comandita que esté debidamente registrada en la sección correspondiente del Registro Mercantil de la Propiedad de Puerto Rico, se considerarán como una Entidad registrada. (18) "Fideicomitente 0 testador" significa el nombre de la Entidad registrada que se indique en el registro público pertinente más recientemente radicado, emitido 0 aprobado por la jurisdicción de la Entidad registrada, en caso de que el fideicomitente sea una Entidad registrada, o en otros casos, el nombre del Fideicomitente 0 testador que se indique en el expediente oficial del fideicomiso. (19) "Gravamen agrícola" significa un interés, que no sea una garantía mobiliaria, sobre Productos agrícolas: (A) que garantiza el pago o el cumplimiento de una obligación por: (i) los bienes O servicios provistos con respecto a la operación agrícola de un Deudor; 0 9 (B) el cual se crea por una ley a favor de una persona que: (i) en el curso ordinario de su negocio proveyó bienes 0 servicios a un Deudor con respecto a la operación agrícola del Deudor; y (C) cuya efectividad no depende de que la persona posea la propiedad mueble. (20) "Jurisdicción de la entidad" con respecto a una Entidad registrada, significa la jurisdicción donde la entidad se ha organizado según las leyes de dicha jurisdicción. (21) "Jurisdicción del Deudor" con respecto a un individuo, significa la jurisdicción donde el Deudor mantiene su residencia. (22) "Ley de Transacciones Comerciales" significa la Ley Núm. 21-2012 del 17 de enero de 2012, según enmendada. (23) "Lugar de negocios" significa un lugar donde el Deudor maneja sus asuntos comerciales. 10 (24) "Nuevo Deudor" significa una persona que se obliga como Deudor mediante un Acuerdo de Garantía Mobiliaria previamente otorgado por otro Deudor. (25) "Número de Registro" significa el número asignado a una declaración de financiamiento inicial según la Sección 30. (26) "Oficina de Registro" significa la oficina designada en la Sección 6 como el lugar de presentación de una Declaración de financiamiento. (27) "Oficina de Registro Regional" significa el Centro de Servicios de Mayagüez y cualquier otra Oficina de Registro Regional donde se ofrezcan servicios relacionados al Registro de Transacciones Comerciales, según se informe por el Departamento de Estado de tiempo en tiempo. (28) "Papel Financiero" significa un récord 0 records que evidencian tanto una obligación pecuniaria como una garantía mobiliaria sobre bienes específicos, una garantía mobiliaria sobre bienes y el programa de computadoras utilizado en estos bienes, una garantía mobiliaria sobre bienes y una licencia de los programas de computadora utilizado en estos bienes, un arrendamiento sobre bienes específicos y una licencia de un programa de computadora utilizado en estos bienes. En este párrafo, "obligación pecuniaria" significa una obligación pecuniaria garantizada 11 por los bienes 0 una obligación pecuniaria que se debe bajo un arrendamiento de bienes e incluye una obligación pecuniaria con respecto al programa de computadora utilizado en estos bienes. El término no incluye (i) contratos de fletamento u otros contratos relacionados al uso 0 alquiler de un buque O (ii) records que evidencian un derecho a pago que surja del uso de una tarjeta de crédito 0 tarjeta de débito 0 información contenida en ésta 0 para uso con una tarjeta. Si la transacción está evidenciada en los records que incluyen instrumentos 0 series de instrumentos, el grupo de records colectivamente constituirá Papel Financiero. (29) "Productos", significa la siguiente propiedad: (A) aquello que se adquiere como resultado de una venta, arrendamiento, licencia, permuta u otra disposición de la Propiedad gravada; (B) aquello que se reciba sobre una Propiedad gravada 0 es distribuido por razón de ésta; (C) derechos que surgen de la Propiedad gravada; 12 (D) hasta el valor de la Propiedad gravada, reclamos que surjan de la pérdida, inconformidad, interferencia con el uso de ésta, defectos 0 violación de derechos 0 daños relacionados con la Propiedad gravada; O (E) hasta el valor de la Propiedad gravada, y en la medida que sea pagado al Deudor 0 al Acreedor garantizado, el seguro pagadero por razón de pérdida o inconformidad por defectos 0 violación de derechos, 0 daños a la Propiedad gravada. (30) "Productos agrícolas" significa bienes, que no sean árboles madereros en pie, con respecto a los cuales el Deudor está dedicado a una operación agrícola y que podrían ser: (A) cosechas cultivadas, en crecimiento 0 por sembrarse, que incluyen: (i) cosechas que se producen en árboles, en una vid 0 arbustos; y (ii) bienes acuáticos producidos en operaciones de acuicultura. (B) ganado, nacidos 0 por nacer, incluyendo bienes acuáticos producidos en operaciones de acuicultura; 13 (C) artículos usados o producidos en una operación agrícola; 0 (D) Productos de cosechas O ganado en su estado no manufacturado. (31) "Propiedad gravada" significa una propiedad sujeta a una garantía mobiliaria 0 Gravamen agrícola. El término incluye: (A) Productos sobre los cuales se constituye una garantía mobiliaria; (B) cuentas, Papel Financiero, pagos intangibles, y pagarés que han sido vendidos; y (C) bienes que son objeto de una Consignación. (32) "Transacción de financiamiento público" significa una transacción garantizada con respecto a la cual: (A) se emiten valores que evidencian una deuda; 14 (B) todos 0 parte de los valores emitidos tienen un vencimiento inicial de por lo menos veinte (20) años; y (C) el Deudor, obligado, Acreedor garantizado 0 Deudor de la cuenta u otra persona obligada sobre la Propiedad gravada, un cedente, o un cesionario de una garantía mobiliaria es un Estado o una unidad gubernamental de un Estado. (33) "Registro de Transacciones Comerciales" significa registro creado para proveer para la inscripción de Declaraciones de Financiamiento mediante los medios que provea el Departamento de Estado de acuerdo a la Ley.
Regl. 8474, art. 5: Reglamento Administrativo Registro de Transacciones Comerciales Capítulo 9: Transacciones Garantizadas Ley de Transacciones Comerciales. Dicho Reglamento tiene el propósito de implantar las reglas consistentes con la Ley y armonizarlas con las reglas y prácticas de las oficinas de Registro de Transacciones Comerciales de otras jurisdicciones que pongan en vigor de forma sustancial normas equivalentes a este Capítulo. Anula Regl. 7874 | Justis AI