Regl. 3322, art. 5
Cuota de Solicitud
Cite as Reglamento Núm. 3322, Art. 5
Al radicar una solicitud para recibir los servicios
del Programa, el solicitante pagará una cuota de
solicitud de veinte y cinco dólares ($25.00).
VIGENCIA: Esta enmienda entrará en vigor
treinta (30) dÃas después de su
radicación en el Departamento de
Estado.
Aprobado en San Juan, Puerto Rico, a 19 de junio
de 1986.
Carmen Sonia Zayas
Secretaria