Regl. 8476, art. 40-31
NOTIFICACIONES DE LA JUNTA; MODOS DE REALIZARLAS
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Cite as Reglamento Núm. 8476, Art. 40-31
Las notificaciones de la Junta a los técnicos 0 profesionales y a los proveedores
podrán ser realizadas a través del correo ordinario, facsÃmile 0 medios electrónicos.
La Junta deberá enviar por correo certificado las notificaciones en aquellos casos
que se cite a vista. La Junta deberá también confirmar el recibo de la notificación en
aquellos casos que se cite a vista O se notifique alguna denegatoria. Las siguientes
son notificaciones que la Junta podrá enviar a los técnicos, profesionales 0
proveedores, según sea el caso y que pueden variar dependiendo de las
disposiciones de las Leyes Orgánicas y Reglamentos especÃficos de la Junta.
(A) A técnicos 0 profesionales licenciados:
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a. Acreditación de cursos total, parcial 0 denegación de acreditación;
b. Requerimiento de información adicional para acreditación de cursos;
C. Acreditación por participación como recurso;
d. Acreditación por publicación de obras;
e. Acreditación retroactiva de cursos;
f. Relevo de la educación continúa por estudios de maestrÃa y doctorado;
g. Aviso de Incumplimiento;
h. Cumplimiento tardÃo;
i. Decisión en reconsideración;
j. Señalamiento de vista;
k. Determinación luego de la vista;
1. Determinación de la Junta en caso de incomparecencia a la vista;
m. Exoneración de cumplimiento de educación continua por incapacidad para
ejercer la profesión;
n. Exoneración de Educación Continua por justa causa;
O. Diferimiento de la Educación Continua por justa causa;
p. Cualquier otra relacionada con el cumplimiento de requisitos.
(B) A proveedores:
a. Certificación Provisional de Proveedor;
b. Licencia de Proveedor Certificado;
C. Aprobación de cursos, en todo 0 en parte;
d. Denegación de aprobación de cursos;
e. Denegación de solicitud de Proveedor Certificado;
f. Requerimiento de informes sobre comprobación de aprovechamiento
académico;
g. Requerimiento de inspección de documentos;
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h. Incumplimiento con mecanismos para garantizar idoneidad de recursos;
i. Decisión en reconsideración;
j. Señalamiento de vista;
k. Revocación de licencia por incumplimiento con el programa de Educación
Continua;
I. Requerimiento de información adicional;
m. Cualquier otra relacionada con el cumplimiento de requisitos.