Regl. 8476, art. 40-7
CURSO ACREDITABLE: REQUISITOS
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Cite as Reglamento Núm. 8476, Art. 40-7
Para propósitos de acreditación, todo curso ya sea ofrecido en Puerto Rico O en
cualquier otra jurisdicción de los Estados Unidos cumplirá con los siguientes
requisitos:
(1) Tener un alto contenido intelectual y práctico, relacionado con el ejercicio de la
profesión u oficio según determinado por la Junta, 0 con los deberes y obligaciones
éticas de los profesionales.
(2) Contribuir directamente al desarrollo de la competencia y destrezas profesionales
para el ejercicio de la profesión u oficio.
(3) Incluir materiales educativos relacionados al curso que estarán disponibles para
cada participante, ya sea en forma impresa O electrónica o, en la alternativa, proveer
instrucciones para acceder los materiales por la red de Internet u otros medios.
(4) En la descripción y objetivos educativos de cada curso, demostrar que los
recursos le han dedicado, o le dedicarán, el tiempo necesario para cumplir con el
número de ocho horas (8) solicitado y que, en efecto, el curso será de utilidad para el
mejoramiento del ejercicio de la profesión u oficio.
(5) Ser ofrecido en lugares y ambientes propicios, con el equipo electrónico O técnico
que sea necesario, el espacio suficiente para la matrÃcula y que contribuya a lograr
una experiencia educativa enriquecedora a los participantes.
(6) Brindar a los participantes la oportunidad de hacer preguntas directamente a los
recursos 0 a las personas cualificadas para contestar, ya sea personalmente, por
escrito O a través de medios electrónicos.
5
(7) Cualquier otro requisito relacionado al propósito de este Reglamento según
identificado por la Junta y aprobado por la SecretarÃa Auxiliar.