Regl. 8478, art. 48
Actos llegales de Funcionarios 0 Empleados; Penalidades
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Cite as Reglamento Núm. 8478, Art. 48
a.
Incurrirá en delito menos grave y será castigada con multa no mayor
de $500 y con reclusión, no mayor de seis (6) meses, cualquier funcionario O
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empleado de la Agencia que, actuando por autoridad de ley:
1.
incurriere en el delito de extorsión; 0
2.
que conspirare O pactare con cualquier otra persona para
defraudar a la Agencia; o
3.
que voluntariamente diere la oportunidad a cualquier
persona para defraudar a la Agencia; o
4.
que ejecutare o dejare de ejecutar cualquier acto con la
intención de permitir a cualquier otra persona defraudar a la
Agencia; O
5.
que a sabiendas hiciere o firmare cualquier asiento falso en
cualquier libro, o a sabiendas hiciere 0 firmare cualquier
planilla 0 certificado falso, en cualquier caso en que por la
Ley de Patentes Municipales 0 por reglamento viniere
obligado a hacer tal asiento, planilla 0 certificado; 0
6.
que teniendo conocimiento O información de la violación de
ley por cualquier persona O de fraude cometido por cualquier
persona contra la Agencia, dejare de comunicar por escrito a
su jefe inmediato el conocimiento 0 información que tuviere
de tal violación o fraude; o
7.
que directa 0 indirectamente aceptare 0 cobrare como pago,
regalo o en cualquier otra forma, cualquier cantidad de
dinero u otra cosa de valor por la transacción, ajuste 0
arreglo de cualquier cargo O reclamación por cualquier
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violación o alegada violación de ley.
b.
Incurrirá en delito menos grave y será castigada con multa no
menor de cien dólares ($100) ni mayor de quinientos dólares ($500) y con
reclusión con no menos de un mes ni mayor de seis (6) meses, cualquier
funcionario o empleado del Agencia que, actuando por autoridad de ley:
1.
a sabiendas exigiere otras o mayores cantidades que las
autorizadas por ley, o recibiere cualquier honorario,
compensación O gratificación, excepto según se prescriba por
ley, por el desempeño de cualquier deber; 0
2.
voluntariamente dejare de desempeñan cualquiera de los
deberes impuestos por ley; O
3.
negligentemente 0 intencionalmente permitiere que
cualquier persona violare la ley; o
4.
directa, 0 indirectamente solicitare O intentare cobrar como
pago, regalo 0 en cualquier otra forma, cualquier cantidad
de dinero u otra cosa de valor por la transacción ajuste 0
arreglo de cualquier cargo 0 reclamación por cualquier
violación o alegada violación a las disposiciones de este
Reglamento.