Regl. 8478, art. 9

Solicitud de Prórroga para la Radicación de la Planilla PA01 T

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Cite as Reglamento Núm. 8478, Art. 9

El Comisionado podrá conceder una prórroga para rendir la Planilla PA01 T. Para ello, la Empresa de Telecomunicaciones deberá completar el formulario Solicitud de Prórroga para la Radicar la Declaración sobre Volumen de Negocio. La concesión de la prorroga no exime a la Empresa de Telecomunicaciones, por lo que deberá estimar su volumen de negocio y pagar la misma según se desglosa en los artículos 11 y 12 de este Reglamento. Ninguna prorroga será concedida por un periodo mayor a seis (6) meses. En aquellas instancias en que OCAM no conteste la Solicitud de Prórroga en un periodo de sesenta (60) días a contarse desde la entrega de la mencionada Solicitud o el envió por correo certificado de la misma, se entenderá concedida por un término de ciento veinte (120) días calendario a contarse desde la fecha límite para radicar la PA01-T. En aquella instancia en que la Empresa de Telecomunicaciones emita un pago estimado al radicar la prórroga, se le concederá un descuento del cinco por ciento (5%) sobre el monto total de la patente a pagar. No obstante, del estimado hecho por la empresa no corresponder al menos al 85% de la cuantía resultante de la Planilla PA01 -T, el descuento se tendrá por no puesto y el contribuyente tendrá que pagar el restante adeudado sin adjudicársele mencionado descuento. 14
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