Regl. 8481, art. 15 dup2
AUTORIDAD DE LA OFICINA PARA DELEGAR LA
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Cite as Reglamento Núm. 8481, Art. 15 dup2
ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
DEL CEMENTERIO ESTATAL
A tenor con lo dispuesto en la Ley 79-2013, el Procurador, en el ejercicio de su
discreción y en el cumplimiento de su deber ministerial de velar por los mejores
intereses de los veteranos y sus familiares, tiene la autoridad legal, entre otras,
para delegar total o parcialmente la operación y administración de las instalaciones,
facilidades O programas que le hayan sido delegados O tenga a su cargo la Oficina.
Dicha autoridad incluye la facultad legal para delegar la operación y administración
del Cementerio.
En consideración a lo anterior, cualquier persona, entidad u organismo
gubernamental elegible, en quien se delegue por el Procurador la operación y
administración del Cementerio, deberá adherirse y le serán de aplicación las
disposiciones del presente Reglamento.
La administración, operación y mantenimiento del Cementerio se llevará a cabo a
tenor con un plan adoptado, a tales fines, por la persona, entidad u organismo a
cargo de dicha administración, según aprobado por la Oficina. Dicho plan para la
administración, operación y el mantenimiento del Cementerio deberá ser revisado y
actualizado anualmente por la persona, entidad u organismo a cargo de
implantarlo, según sea el caso. El mismo deberá contener, como mÃnimo, los
siguientes componentes:
(a) GuÃas relacionadas con los enterramientos a realizarse.
(b) GuÃas relativas al mantenimiento del Cementerio.
(c) GuÃas relacionadas con la limpieza de las lápidas.
(d) Estándares de operación.
(e) GuÃas de conservación.
(f) Reglas y estándares de conducta para los empleados y visitantes.
(g) Reglas sobre acceso y control de tráfico vehicular.
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(h) Reglas en cuanto a los arreglos florales permitidos, su ubicación y su
recogido, que sean cónsonas con lo dispuesto en el 36 CFR 12.10 y
cualquier otra disposición aplicable.
(i) Reglas en cuanto a filmación y fotografÃas, que sean cónsonas con NPS
Management Policies 2006 8.6.6, 36 CFR parts 5.5, y sections 1.4.7.1 y
8.2 and 36 CFR part 12, 43 CFR 5 y el 16 USC 460/-6d.
(j) Cualesquiera otras que deban ser establecidas como parte de las
operaciones normales de Cementerios de la misma naturaleza.