Regl. 8481, art. 18 dup2
MEMORIA DEL DIFUNTO
Length: 52 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8481, Art. 18 dup2
La entidad, persona u organismo a cargo de la administración, operación y el
mantenimiento del Cementerio se asegurará que en cada enterramiento se honre la
memoria del difunto, asà como la dignidad de los familiares y amigos que asistan a
las exequias fúnebres y/o a visitar las tumbas de sus seres queridos.