Regl. 8492, art. X-III

Aplicabilidad

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Este Reglamento será de aplicación a todas las entidades gubernamentales O sus contratistas que utilicen sus recursos para la realización de encuestas de viajeros del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo la Encuesta del Viajero, y la Encuesta sobre Información del Viajero, entre otros.
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