Regl. 8492, art. X-IV
Necesidades de Información
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Cite as Reglamento Núm. 8492, Art. X-IV
1. Política pública y propósito
El propósito de las encuestas de viajeros es recopilar
información sobre los viajeros que son necesarias para
precisar la medición de la economía de Puerto Rico,
particularmente el gasto de los visitantes que visitan
Puerto Rico y el gasto de los visitantes residentes en
Puerto Rico cuando viajan a otro lugar.
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La realización de una Encuesta de Viajeros en Puerto Rico
se justifica, en base a las características de nuestra
economía. Por ejemplo, el número de viajeros que entraron
y salieron de Puerto Rico a través de nuestros aeropuertos
en el 2012 representó más del doble de la población total
de Puerto Rico ese año. Como resultado, es de suma
importancia contar con una herramienta que mida el impacto
de los viajes en la economía de Puerto Rico.
El propósito de este Reglamento es disponer las normas
metodológicas de las encuestas de viajeros del Gobierno del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en búsqueda de que la
misma produzca información confiable de una manera costoefectiva.
El producto estadístico principal de las encuestas de
viajeros son los estimados sobre los gastos de visitantes,
que se incluyen en la Balanza de Pagos de Puerto Rico como
ingresos para nuestra economía. Además, estas generan
estadísticas sobre las características de los viajeros que
son necesarias para la toma de decisiones tanto a nivel
gubernamental como por parte del sector privado.
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