Regl. 8492, art. X-IV

Necesidades de Información

Length: 239 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8492, Art. X-IV

1. Política pública y propósito El propósito de las encuestas de viajeros es recopilar información sobre los viajeros que son necesarias para precisar la medición de la economía de Puerto Rico, particularmente el gasto de los visitantes que visitan Puerto Rico y el gasto de los visitantes residentes en Puerto Rico cuando viajan a otro lugar. Página 5 de 27 La realización de una Encuesta de Viajeros en Puerto Rico se justifica, en base a las características de nuestra economía. Por ejemplo, el número de viajeros que entraron y salieron de Puerto Rico a través de nuestros aeropuertos en el 2012 representó más del doble de la población total de Puerto Rico ese año. Como resultado, es de suma importancia contar con una herramienta que mida el impacto de los viajes en la economía de Puerto Rico. El propósito de este Reglamento es disponer las normas metodológicas de las encuestas de viajeros del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en búsqueda de que la misma produzca información confiable de una manera costoefectiva. El producto estadístico principal de las encuestas de viajeros son los estimados sobre los gastos de visitantes, que se incluyen en la Balanza de Pagos de Puerto Rico como ingresos para nuestra economía. Además, estas generan estadísticas sobre las características de los viajeros que son necesarias para la toma de decisiones tanto a nivel gubernamental como por parte del sector privado. Página 6 de 27
Regl. 8492, art. X-IV: Necesidades de Información | Justis AI