Regl. 8500, art. 12
USOS PROHIBIDOS
Length: 76 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8500, Art. 12
Quedan prohibidos los siguientes usos de vigilancia O instalaciones de cámaras de
seguridad:
7
a. Vigilancia mediante uso de cámaras de seguridad con el propósito de monitorear
la productividad de los empleados de la Administración en sus áreas de trabajo.
b. Vigilancia mediante el uso de cámaras de seguridad ocultas.
C. Vigilancia mediante el uso de cámaras de seguridad en oficinas, salas de
conferencia y servicios sanitarios. No se instalará ningún equipo de vigilancia con
audio.