Regl. 8506, art. 6.3
Facultad
Cite as Reglamento Núm. 8506, Art. 6.3
El Comité tendrá facultad para celebrar y recomendar al Director(a) Ejecutivo (a) la
adjudicación de las subastas 0 cualquier otro mecanismo alterno que se emplee para la
disposición de las propiedades inmuebles del CRIM.