Regl. 3367, art. X

Otras Disposiciones

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Cite as Reglamento Núm. 3367, Art. X

A. En adición a otros remedios provistos por ley el Departamento podrá solicitar el cumplimiento de su resolución u orden emitida mediante la presentación de una petición para poner en vigor la misma en el Tribunal competente. B. De haber algún procedimiento no previsto en estas reglas, la agencia podrá reglamentar su práctica en cualquier forma consistente con ésta o con 8 - cualquier disposición de ley aplicable.
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