Regl. 3375, art. IV

FACILIDADES PARA LAS CUALES SE AUTORIZAN

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Cite as Reglamento Núm. 3375, Art. IV

AYUDAS ECONOMICAS Se concederán incentivos o ayudas para construir y/o adquirir, ampliar, mejorar e instalar las siguientes facilidades. 1. Cepos 2. Corrales y estructuras para crianza de becerros para carne 3. Romanas 4. Comederos cuando la crianza se haga en corrales (feed lots) o jaulas de crianza 5. Facilidades para almacenar mieles 6. Instalación de sistemas de agua y regadío, incluyendo la construcción de bebederos, represas de manantiales, -3- tanques para almacenar agua e instalación de la tubería necesaria, incluyendo equipo y materiales en todos los casos, pero excluyendo pozos profundos. 7. Facilidades para la disposición de desperdicios, cuando la crianza se realiza en jaulas. 8. Compra de equipo y establecimiento de facilidades para el control de garrapatas.
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