Regl. 8510, art. 10-XI
Resolución y acuerdo contractual determinando el uso de los
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Cite as Reglamento Núm. 8510, Art. 10-XI
fondos
Una vez recibida la recomendación del Comité el Comisionado de Desarrollo
Cooperativo formalizará y autorizará mediante una Resolución la asignación y
uso de los fondos.
La Resolución que realice el Comisionado disponiendo la concesión de fondos,
deberá estar acompañada de un acuerdo contractual entre la cooperativa
auspiciadora, la cooperativa beneficiaria y la Comisión, disponiendo las cláusulas
y condiciones por las cuales se concede el uso exclusivo de los fondos
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asignados, considerando, pero sin limitarse, la devolución de los fondos, el
término de la devolución, y la aportación de los fondos otorgados por parte de la
cooperativa auspiciadora, y en el caso de que los fondos sean para la adquisición
de equipo, se dispondrá que estos formaran parte del inventario de la CDCOOP.
En el caso de que la petición sea denegada, la Oficina de Desarrollo Cooperativo
de la Comisión de Desarrollo Cooperativo, vendrá obligada a cursar
comunicación escrita al peticionario(a), disponiendo las razones por las cuales le
fue denegada la solicitud."