Regl. 8514, art. 1.2.9

Registro de Determinaciones Finales y Permisos

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Cite as Reglamento Núm. 8514, Art. 1.2.9

La Oficina de Gerencia de Permisos llevará un registro oficial, el cual será público y estará disponible en el portal de la Oficina de Gerencia de Permisos, que contendrá una relación con numeración correlativa de todas las certificaciones, determinaciones finales y permisos otorgados por la Oficina de Gerencia de Permisos, los Municipios Autónomos con Jerarquía de la 1 a la V, y los Profesionales e Inspectores Autorizados, notificados en cumplimiento con el Artículo 8.8 de la Ley Núm. 161-2009, supra. Este registro oficial deberá incluir: a. Fecha de la notificación b. Número de la determinación final o permiso c. Nombre del proponente d. Dirección física de la propiedad e. Objeto de la certificación, determinación final o permiso f. Copia electrónica de todos los planos y documentos utilizados para la concesión de la determinación final 0 permiso g. Entidad que emite la determinación final o permiso: 1. Código para la Oficina de Gerencia de Permisos 2. Código del Municipio Autónomo con Jerarquía de la 1 a la V 3. Número de acreditación del Profesional Autorizado 4. Número de acreditación del Inspector Autorizado h. Certificación de haber remitido a la Oficina de Gerencia de Permisos el pago por los cargos, aranceles y derechos correspondientes a la solicitud y expedición del permiso dentro del término estipulado en la Ley 161, supra. i. Cualquier otra información que la Oficina de Gerencia de Permisos estime pertinente.
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