Regl. 8514, art. 3.4.2

Inspector Autorizado de Prevención de Incendios

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Cite as Reglamento Núm. 8514, Art. 3.4.2

24 a. Ámbito de Acción: Los inspectores Autorizados para La Prevención de Incendios solamente podrán evaluar y expedir Certificaciones para La Prevención de Incendios directamente relacionadas a la solicitud de un permiso ante la Oficina de Gerencia de Permisos, un Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la V 0 un Profesional Autorizado. Los Inspectores Autorizados de Prevención de Incendios podrán realizar las siguientes funciones: 1. Inspeccionar todo tipo de edificios, estructuras, locales y solares para los cuales se requiera una Certificación de Prevención de Incendios y que estén directamente relacionados a una solicitud de permiso ante la Oficina de Gerencia de Permisos, un Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la V o un Profesional Autorizado. 2. Otorgar Certificaciones de Prevención de Incendios para almacenamiento e instalación de tanques de líquidos inflamables o combustibles y gas licuado de petróleo cuando estén directamente relacionados a la solicitud de un permiso ante la Oficina de Gerencia de Permisos, un Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la V o un Profesional Autorizado. 3. Revisar y evaluar croquis, planos y/o esquemas de los establecimientos, como parte del proceso de inspección y evaluación de solicitudes de Certificación de Prevención de Incendios. 4. Notificar a los dueños, administradores 0 encargados de propiedades sobre cualquier deficiencia estructural o de diseño encontrada durante la inspección y evaluación del caso y orientarlos sobe la corrección de los mismos. 5. Conceder plazos razonables de tiempo para la corrección de las deficiencias encontradas antes de tomar una determinación final sobre la Certificación de Prevención de Incendios. 6. Emitir la Certificación de Prevención de Incendios cuando se haya cumplido con todos los requisitos o denegar la Certificación de Prevención de Incendios en aquellos casos donde, a pesar de concederse tiempo razonable para la corrección de violaciones o deficiencias, las mismas persisten. 7. Realizar cualquier otra función análoga necesaria para preparar las certificaciones requeridas, dentro del ámbito de las funciones delegadas en virtud de la Ley Núm. 161-2009, supra, el "Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Usos de Terrenos" y los reglamentos de la OGPe. b. Requisitos Mínimos y Cualificaciones Requeridas: Los requisitos mínimos que tendrá que cumplir toda persona interesada en certificarse como Inspector de Prevención de Incendios son: 1. Contar con un Bachillerato, 0 cualquier grado superior, 0 un grado asociado, o un Certificado, obtenido de una institución acreditada por el Consejo de Educación de Puerto Rico o su equivalente en otras jurisdicciones. A esos efectos presentará una transcripción de créditos, certificación o diploma expedido por la institución que confirió el grado. 2. Contar con una licencia de conducir expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas. 3. Presentar un Certificado de Antecedentes Penales reciente expedido por la Policía de Puerto Rico. 4. Presentar certificación reciente de ASUME, detallando que no tiene obligación de efectuar pagos de pensión alimentaría o que ha solicitado y se aprobó un plan de 25 pago cuyos términos se están cumpliendo. 5. Presentar certificación expedida por el Departamento de Hacienda, garantizando que ha cumplido con todas las leyes tributarias y que no adeuda por este concepto al Gobierno de Puerto Rico 0 que ha solicitado y se aprobó un plan de pago cuyos términos se están cumpliendo. 6. Presentar certificación emitida por el Departamento de Hacienda, garantizando que ha rendido planillas de contribución sobre ingresos durante los pasados 5 años. 7. Presentar certificación reciente expedida por el CRIM, garantizando que ha cumplido con sus obligaciones contributivas muebles e inmuebles. 8. Presentar evidencia de aprobación de curso de capacitación como Inspector Autorizado de Prevención de Incendios ofrecido por un Proveedor Educativo autorizado por la OGPe. 9. Aprobar el Examen de Certificación Profesional, según se dispone en este Reglamento. 10. Presentar evidencia de contar con una fianza de un mínimo $15,000 a favor de la OGPe. 11. Presentar evidencia de contar con una póliza de seguro de responsabilidad profesional de un mínimo de $500,000 endosada a la OGPe. c. Otros Conocimientos, Habilidades, Requisitos Físicos y Factores Especiales: 1. Conocimiento general de las leyes y reglamentos aplicables de la Oficina de Gerencia de Permisos, de los códigos de edificación, de los reglamentos de planificación y otros reglamentos relacionados a la construcción y uso de terrenos. 2. Conocimiento de sistemas y programas de oficina, incluyendo el uso de Internet, Windows, Outlook, MS Office (Word, Excel, PowerPoint). 3. Habilidad de efectuar cálculos matemáticos con precisión y exactitud. 4. Habilidad para interpretar mapas y planos. 5. Habilidad para interpretar y aplicar leyes, reglas y reglamentos. 6. Habilidad para preparar y presentar informes claros y precisos. 7. Habilidad para expresarse en forma clara y precisa, verbalmente y por escrito. 8. Habilidad para mantener discreción en todos los aspectos relacionados con el trabajo asignado. 9. Habilidad en resolución y manejo de conflictos.
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