Regl. 8514, art. 3.4.3

Inspector Autorizado de Siembra

Length: 968 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8514, Art. 3.4.3

a. Ámbito de Acción: Los Inspectores Autorizados de Siembra solamente podrán evaluar y expedir las siguientes Certificaciones: 1. Certificación de Cumplimiento con el Plan Certificado de Forestación o Compensación, preparado para solicitar un permiso para una obra que conlleve corte, poda, trasplante y/o siembra incidental de árboles ante la Oficina de Gerencia de Permisos, un Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la V, 0 un Profesional Autorizado, siguiendo los parámetros que se establezcan en el "Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Usos de Terrenos". 2. Certificaciones de Cumplimiento con el Plan de Forestación 0 Compensación, preparados para certificar periódicamente el cumplimiento con el Plan Certificado 26 de Forestación 0 Compensación de acuerdo a los parámetros que se establezcan en el "Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Usos de Terrenos". 3. Certificación de Cumplimiento con los Planos Certificados de Siembra para la siembra de árboles parcial o totalmente fuera de área del proyecto. 4. Certificaciones del número de árboles a mitigar en los Bancos de Mitigación registrados por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). b. En específico, los Inspectores Autorizados de Siembra podrán realizar las siguientes funciones: 1. Inspeccionar todo tipo de solar, obra, desarrollo o construcción para los cuales se requiera cualquiera de las certificaciones o documentos certificados mencionados anteriormente y que estén relacionadas a una solicitud ante la Oficina de Gerencia de Permisos, un Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la V, o un Profesional Autorizado. 2. Revisar y evaluar croquis, planos y/o esquemas de los predios objeto de estudio como parte del proceso de inspección y evaluación de las certificaciones o documentos certificados mencionados anteriormente y que estén relacionadas a una solicitud ante la Oficina de Gerencia de Permisos, un Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la V, o un Profesional Autorizado. 3. Preparar inventarios forestales para el predio objeto de estudio. 4. Notificar a los dueños, administradores o encargados de propiedades sobre los hallazgos de las inspecciones y estudios realizados, y orientarlos sobre los planes de forestación 0 compensación que corresponda. 5. Conceder plazos razonables de tiempo para la corrección de las deficiencias encontradas antes de tomar una determinación final sobre la las certificaciones o documentos certificados mencionados anteriormente. 6. Emitir las certificaciones 0 documentos certificados mencionados anteriormente cuando se haya cumplido con todos los requisitos o denegarlos en aquellos casos donde, a pesar de concederse tiempo razonable para la corrección de violaciones o deficiencias, las mismas persisten. 7. Realizar cualquier otra función análoga necesaria para preparar las certificaciones requeridas, dentro del ámbito de las funciones delegadas en virtud de la Ley Núm. 161-2009, supra, el "Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Usos de Terrenos" y el Reglamento de la OGPe. c. Requisitos Mínimos y Cualificaciones Requeridas: Los requisitos mínimo que tendrá que cumplir toda persona interesada en certificarse como Inspector Autorizado de Siembra son: 1. Contar con un Bachillerato, o grado profesional superior en Agronomía o Arquitectura Paisajista, obtenido de una institución debidamente acreditada por el Consejo de Educación Superior o su equivalente en otras jurisdicciones. 2. Poseer una licencia válida para practicar la Agronomía 0 la Arquitectura Paisajista en Puerto Rico. 3. Como excepción, y a discreción de la División de Regulación Profesional de la Oficina de Gerencia de Permisos, aquellos que cuenten con un Certificado de Siembra y Forestación del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) podrán obtener su acreditación como Inspectores de Siembra, siempre y 27 cuando cumplan cabalmente con todos los otros requisitos que se estipulan en este Reglamento. 4. Contar con una licencia de conducir expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas. 5. Presentar un Certificado de Antecedentes Penales reciente expedido por la Policía de Puerto Rico. 6. Presentar certificación reciente de ASUME, detallando que no tiene obligación de efectuar pagos de pensión alimentaría o que ha solicitado y se aprobó un plan de pago cuyos términos se están cumpliendo. 7. Presentar certificación expedida por el Departamento de Hacienda, garantizando que ha cumplido con todas las leyes tributarias y que no adeuda por este concepto al Gobierno de Puerto Rico o que ha solicitado y se aprobó un plan de pago cuyos términos se están cumpliendo. 8. Presentar certificación emitida por el Departamento de Hacienda, garantizando que ha rendido planillas de contribución sobre ingresos durante los pasados 5 años. 9. Presentar certificación expedida por el CRIM, garantizando que ha cumplido con sus obligaciones contributivas muebles e inmuebles. 10. Presentar evidencia de aprobación de curso de capacitación como Inspector Autorizado de Siembra ofrecido por un Proveedor Educativo autorizado por la OGPe. 11. Aprobar el Examen de Certificación Profesional, según se dispone en este Reglamento. 12. Presentar evidencia de contar con una fianza de un mínimo $15,000 a favor de la OGPe. 13. Presentar evidencia de contar con una póliza de seguro de responsabilidad profesional de un mínimo de $500,000 endosada a la OGPe. d. Otros Conocimientos, Habilidades, Requisitos Físicos y Factores Especiales 1. Conocimiento general de las leyes y reglamentos aplicables de la Oficina de Gerencia de Permisos y del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), de los códigos de edificación, de los reglamentos de planificación y otros reglamentos relacionados a la construcción y uso de terrenos. 2. Conocimiento de sistemas y programas de oficina, incluyendo el uso de Internet, Windows, Outlook, MS Office (Word, Excel, PowerPoint). 3. Habilidad de efectuar cálculos matemáticos con precisión y exactitud. 4. Habilidad para interpretar mapas y planos. 5. Habilidad para interpretar y aplicar leyes, reglas y reglamentos. 6. Habilidad para preparar y presentar informes claros y precisos. 7. Habilidad para expresarse en forma clara y precisa, verbalmente y por escrito. 8. Habilidad para mantener discreción en todos los aspectos relacionados con el trabajo asignado. 9. Habilidad en resolución y manejo de conflictos.
Regl. 8514, art. 3.4.3: Inspector Autorizado de Siembra | Justis AI