Regl. 8514, art. 4.2.5-7.1
DISPOSICIONES GENERALES
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Cite as Reglamento Núm. 8514, Art. 4.2.5-7.1
a.
El presente CapÃtulo tiene por objetivo definir los procesos de evaluación y acreditación de
los Proveedores Educativos y sus Programas de Capacitación Profesional y de Educación
Continua para Profesionales e Inspectores Autorizados de la Oficina de Gerencia de
Permisos.
b.
Los Proveedores Educativos serán instituciones u organizaciones evaluadas y acreditadas
por la Oficina de Gerencia de Permisos para ofrecer Programas de Capacitación
Profesional y de Educación Continua a los Profesionales e Inspectores Autorizados, a tenor
con los requisitos de este CapÃtulo. Éstos deberán contar también con la acreditación del
Consejo de Educación de Puerto Rico (CEPR). Los Colegios profesionales cuyos
miembros cumplen con los requisitos de la Ley Núm. 161-2009, supra, para ser
Profesionales y/o Inspectores Autorizados, y que mantengan programas educativos
estructurados, podrán estar autorizados por la Oficina de Gerencia de Permisos para ofrecer
los Programas de Capacitación y de Educación Continua.
c.
Los procesos de evaluación y acreditación de Proveedores Educativos y Programas de
Capacitación Profesional y de Educación Continua para Profesionales e Inspectores
Autorizados tienen como propósito:
1. Asegurar que los Profesionales e Inspectores Autorizados estén adecuadamente
preparados y mantengan su competencia.
2. Proteger la confianza de la sociedad en el Sistema Integrado de Permisos y en los
Profesionales e Inspectores Autorizados.
3. Estimular la calidad de los procesos de capacitación y mejoramiento de los
Profesionales e Inspectores Autorizados y los preceptos que rigen la misión de la
División de Regulación Profesional de la Oficina de Gerencia de Permisos
Seguridad, Integridad y Mejoramiento Continuo.
d.
Las materias que serán cubiertas en los cursos requeridos a cada Profesional e Inspector
Autorizado serán establecidas por la Oficina de Gerencia de Permisos. Sin embargo, el
Programa de Capacitación y Educación Continua para Profesionales e Inspectores
Autorizados deberá incluir, como mÃnimo, materias relacionadas a la aplicación e
interpretación de:
1. Los Reglamentos de Planificación
2. Los Códigos de Edificación
3. Las GuÃas de Diseño Verde
4. Cualquier reglamento relacionado a las facultades y procedimientos de la Oficina
de Gerencia de Permisos
5. El Código de Ética establecido por la Oficina de Gerencia de Permisos
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