Regl. 8514, art. 4.2.5-7.1

DISPOSICIONES GENERALES

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Cite as Reglamento Núm. 8514, Art. 4.2.5-7.1

a. El presente Capítulo tiene por objetivo definir los procesos de evaluación y acreditación de los Proveedores Educativos y sus Programas de Capacitación Profesional y de Educación Continua para Profesionales e Inspectores Autorizados de la Oficina de Gerencia de Permisos. b. Los Proveedores Educativos serán instituciones u organizaciones evaluadas y acreditadas por la Oficina de Gerencia de Permisos para ofrecer Programas de Capacitación Profesional y de Educación Continua a los Profesionales e Inspectores Autorizados, a tenor con los requisitos de este Capítulo. Éstos deberán contar también con la acreditación del Consejo de Educación de Puerto Rico (CEPR). Los Colegios profesionales cuyos miembros cumplen con los requisitos de la Ley Núm. 161-2009, supra, para ser Profesionales y/o Inspectores Autorizados, y que mantengan programas educativos estructurados, podrán estar autorizados por la Oficina de Gerencia de Permisos para ofrecer los Programas de Capacitación y de Educación Continua. c. Los procesos de evaluación y acreditación de Proveedores Educativos y Programas de Capacitación Profesional y de Educación Continua para Profesionales e Inspectores Autorizados tienen como propósito: 1. Asegurar que los Profesionales e Inspectores Autorizados estén adecuadamente preparados y mantengan su competencia. 2. Proteger la confianza de la sociedad en el Sistema Integrado de Permisos y en los Profesionales e Inspectores Autorizados. 3. Estimular la calidad de los procesos de capacitación y mejoramiento de los Profesionales e Inspectores Autorizados y los preceptos que rigen la misión de la División de Regulación Profesional de la Oficina de Gerencia de Permisos Seguridad, Integridad y Mejoramiento Continuo. d. Las materias que serán cubiertas en los cursos requeridos a cada Profesional e Inspector Autorizado serán establecidas por la Oficina de Gerencia de Permisos. Sin embargo, el Programa de Capacitación y Educación Continua para Profesionales e Inspectores Autorizados deberá incluir, como mínimo, materias relacionadas a la aplicación e interpretación de: 1. Los Reglamentos de Planificación 2. Los Códigos de Edificación 3. Las Guías de Diseño Verde 4. Cualquier reglamento relacionado a las facultades y procedimientos de la Oficina de Gerencia de Permisos 5. El Código de Ética establecido por la Oficina de Gerencia de Permisos 56
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