Regl. 8514, art. 7.2.2

Tipos de Evaluación

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Cite as Reglamento Núm. 8514, Art. 7.2.2

a. Los Proveedores Educativos desarrollarán sus procesos de evaluación de acuerdo a quién realiza la evaluación y a la finalidad última de la evaluación. b. De acuerdo a quién realiza la evaluación, se desarrollarán dos tipos de procesos: 1. Evaluación interna o Auto-Evaluación con el propósito de evaluar la calidad y los logros de un Programa de Capacitación Profesional y de Educación Continua. Este 57 proceso se realiza por los propios integrantes de los Programas y deberá concluir en un Informe Auto-Evaluativo. Este Informe será el documento base para la evaluación externa que será realizada por la Oficina de Gerencia de Permisos 2. Evaluación externa por la Oficina de Gerencia de Permisos con el propósito de verificar la validez y confiabilidad del Informe Auto-Evaluativo. c. De acuerdo a la finalidad última de la evaluación, ésta tendrá el carácter de evaluación síntesis o meta-evaluación: 1. La evaluación síntesis o meta-evaluación consistirá en la confrontación de los resultados de la evaluación interna con los de la evaluación externa por la Oficina de Gerencia de Permisos. 2. Los resultados de la evaluación síntesis O meta-evaluación permitirán a la Oficina de Gerencia de Permisos decidir sobre la acreditación o re-acreditación de los Proveedores Educativos y sus Programas de Capacitación Profesional y de Educación Continua.
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