Regl. 8514, art. 8.9.1

A solicitud de un Proveedor Educativo Acreditado por la Oficina de

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Cite as Reglamento Núm. 8514, Art. 8.9.1

Gerencia de Permisos a. La solicitud para la aprobación de un curso será presentada por lo menos sesenta (60) días antes de la fecha del primer ofrecimiento del curso en el formulario provisto para ello a través del portal de la Oficina de Gerencia de Permisos, excepto que por justa causa la Oficina de Gerencia de Permisos acorte dicho término. b. Con la solicitud se incluirá la información y los anejos para acreditar lo siguiente: 1. Título y descripción general del curso 2. Objetivos Educativos 3. Lugar, fecha y hora 4. Tiempo de duración y horas contacto 5. Tiempo atribuible a aspectos éticos, si aplica 6. Bosquejo del contenido, indicando la pertinencia del mismo en el cumplimiento de 66 este Reglamento 7. Nombres de los recursos y sus calificaciones profesionales 8. Copia de los materiales a distribuirle 0 mostrarle a los Profesionales 0 Inspectores Autorizados participantes 9. Precio del curso c. De la solicitud y los anejos presentados deberá surgir que el curso cumple con los requisitos de la Regla 8.8. d. La decisión de la Oficina de Gerencia de Permisos será notificada al proveedor solicitante no más tarde de los quince (15) días siguientes de presentada la solicitud. e. Dentro de los treinta (30) días siguientes al ofrecimiento del curso, el proveedor enviará, a través del portal de la Oficina de Gerencia de Permisos, lo siguiente: 1. Una lista con los nombres, número de acreditación y firmas de los Profesionales o Inspectores Autorizados que tomaron el curso. 2. Una certificación de que el curso estuvo disponible al público y que se administró según informado en la solicitud o, de haber ocurrido alguna variación, la descripción de ésta con la explicación de cómo la variación no debería afectar la aprobación que se le había impartido al curso. 3. Un informe breve sobre los resultados de la evaluación del curso por los Profesionales e Inspectores Autorizado que lo tomaron. 4. Una cuota de $3.00 por cada hora crédito tomada por cada Profesional o Inspector Autorizado.
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