Regl. 8514, art. 8.9.2-10.1
DISPOSICIONES GENERALES
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Cite as Reglamento Núm. 8514, Art. 8.9.2-10.1
a.
La Ley Núm. 161-2009, supra, crea el Permiso Verde para todo aquel edificio 0 diseño
que evidencie que cumple con la pre-cualificación de los parámetros necesarios para
obtener una certificación de diseño verde. El Reglamento Conjunto establece el
procedimiento para la evaluación y otorgación expedita de un Permiso Verde. Para poder
otorgar el mismo, se requiere presentar la solicitud ante la Oficina de Gerencia de Permiso,
el Profesional Autorizado O Municipio Autónomo con jerarquía de la I a la V, según
dispone la Ley.
b.
Este Capítulo establece el procedimiento para auditar el proceso de otorgación del Permiso
Verde, el uso del sello oficial de Permiso Verde, inspección de los proyectos verdes, la
prestación y ejecución de la fianza para proyectos verdes, además de, los requerimientos
para los Profesionales e Inspectores Autorizados de Permiso Verde, conforme la Ley Núm.
161-2009, supra, el Reglamento Conjunto y este Reglamento.