Regl. 8514, art. 8.9.2-9.2
ADMINISTRACIÓN DEL EXAMEN
Length: 218 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8514, Art. 8.9.2-9.2
a.
La Oficina de Gerencia de Permisos podrá acreditar a uno o más administradores de
exámenes y podrá publicar sus nombres en la Sección de Regulación Profesional del
portal digital de la OGPe.
b.
El administrador de examen establecerá las fechas en que se habrá de ofrecer cada
examen. Los candidatos serán responsables de reservar su espacio para tomar los
exámenes.
C.
El administrador de examen notificará directamente a la Oficina de Gerencia Permisos
los resultados de cada candidato que haya tomado el examen.
d.
De aprobar el examen, se autorizará al candidato a someter los documentos que queden
pendientes para concluir el proceso de solicitud, y se le citará a la Oficina de Gerencia de
Permisos para que juramente y obtenga sus credenciales.
e.
Los Administradores de Exámenes ofrecerán exámenes individuales para la Certificación
de:
1.
Examen de Profesional Autorizado
2.
Examen de Profesional Autorizado de Permiso Verde
3.
Examen de Inspector Autorizado de Salud Ambiental
4.
Examen de Inspector Autorizado de Prevención de Incendios
5.
Examen de Inspector Autorizado de Siembra
6.
Examen de Inspector Autorizado de Sistemas Individuales de Desperdicios
Domésticos
7.
Examen de Inspector Autorizado de Proyectos Verdes
8.
Examen de Inspector Autorizado para Proyectos de EnergÃa Renovable de
Sistemas Fotovoltaicos
9.
Examen de Inspector Autorizado para Proyectos de EnergÃa Renovable de
Sistemas Eólicos.