Regl. 8518, art. C dup14
Enmiendas a la Invitación a Subasta
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Cite as Reglamento Núm. 8518, Art. C dup14
1. Las enmiendas proceden cuando se efectúan antes del acto de apertura de la
subasta y si están presentes cualesquiera de las siguientes circunstancias en que:
a. el usuario presente enmiendas justificadas y documentadas.
b. se determine que los términos y condiciones establecidos no son razonables.
C. se encuentre un error significativo en el Pliego de Subasta.
d. se interese cambiar los términos O cantidades, O variar condiciones O
especificaciones.
e. se requiera posponer la fecha de apertura de la subasta, cuando responda a los
mejores intereses de la Autoridad.
f. sea necesario aclarar las especificaciones.
g. se determine que contiene deficiencias.
h. el Jefe de la División de Suministros entienda que la enmienda responde a los
mejores intereses de la Autoridad.
2. El Jefe de la División de Suministros evalúa, en coordinación con el usuario, las
enmiendas propuestas para su aprobación.
3. El usuario solicita la posposición O cancelación definitiva del Acto de Apertura de la
Subasta. La cancelación definitiva debe ser justificada mediante memorando del
usuario. El Jefe de la División de Suministros O su delegado podrá posponer O
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cancelar el acto de apertura cuando éste entienda que responde a los mejores
intereses de la Autoridad.
4. Las enmiendas se notifican a los licitadores invitados, mediante un Apéndice
(Addendum), con no menos de tres dÃas laborables previo a la apertura de la
subasta, salvo en ocasiones de urgencia que ameritan tomar medidas especiales.
5. Las enmiendas forman parte de la invitación original a la subasta y los licitadores
tienen que considerarlas al presentar sus ofertas.
ArtÃculo D: Posposición de la Invitación a Subasta
1. Puede hacerse hasta el momento antes del Acto de Apertura de la Subasta si el
usuario u otro funcionario del directorado interesado lo justifica al Jefe de la División
de Suministros O cuando éste entienda que responde a los mejores intereses de la
Autoridad.
2. Se notifica mediante un Apéndice (Addendum) en la misma forma que se notifica la
enmienda a la Invitación.