Regl. 8518, art. C dup18

Instrucciones a los Licitadores, sus Representantes y Otras Partes

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Durante el Proceso de Subastas 1. Las preguntas O aclaraciones que tengan los licitadores, sus representantes y otras partes, se podrán considerar antes del Acto de la Apertura de la Subasta, solamente cuando sean hechas por escrito al Supervisor de Compras. Este las evaluará y, de 33 ser necesario, hará las enmiendas O aclaraciones a los Pliegos de la Subasta y notificará por escrito a todos los licitadores. 2. Los licitadores, sus representantes y otras partes no pueden comunicarse en forma alguna con empleados de la Autoridad para asuntos relacionados con las propuestas bajo estudio.
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