Regl. 8518, art. C dup20

Requisitos de la Moción de Reconsideración

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Cite as Reglamento Núm. 8518, Art. C dup20

A fin de que la Moción de Reconsideración se considere en sus méritos, el solicitante tiene que cumplir con los siguientes requisitos que se considerarán de carácter jurisdiccional: 1. Radicar por escrito un original y tres (3) copias de la Moción de Reconsideración ante la Secretaría de Procedimientos Adjudicativos de la Autoridad, dentro del término de diez (10) días contados a partir de la fecha del Aviso de Adjudicación de la Subasta. 2. Indicar en la Moción de Reconsideración el número de la subasta y la fecha de apertura de la misma. 3. Enviar copia de la Moción de Reconsideración a todos los licitadores que participaron en el proceso de subasta y certificar dicho envío en la propia moción. 4. Establecer fundamentos claros, razonables y precisos de los motivos por los cuales se solicita la reconsideración. Además, tendrá que incluir el Aviso de Adjudicación de la Subasta y cualquier otra evidencia documental que interese se considere en la resolución de su Moción de Reconsideración. 38 El Administrador de la Secretaría de Procedimientos Adjudicativos evalúa el cumplimiento de los anteriores requisitos y tiene la facultad para rechazar de plano cualquier Moción de Reconsideración que no cumpla con cualquiera de ellos.
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