Regl. 8518, art. C dup20
Requisitos de la Moción de Reconsideración
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Cite as Reglamento Núm. 8518, Art. C dup20
A fin de que la Moción de Reconsideración se considere en sus méritos, el solicitante
tiene que cumplir con los siguientes requisitos que se considerarán de carácter
jurisdiccional:
1. Radicar por escrito un original y tres (3) copias de la Moción de Reconsideración
ante la SecretarÃa de Procedimientos Adjudicativos de la Autoridad, dentro del
término de diez (10) dÃas contados a partir de la fecha del Aviso de Adjudicación de
la Subasta.
2. Indicar en la Moción de Reconsideración el número de la subasta y la fecha de
apertura de la misma.
3. Enviar copia de la Moción de Reconsideración a todos los licitadores que
participaron en el proceso de subasta y certificar dicho envÃo en la propia moción.
4. Establecer fundamentos claros, razonables y precisos de los motivos por los cuales
se solicita la reconsideración. Además, tendrá que incluir el Aviso de Adjudicación
de la Subasta y cualquier otra evidencia documental que interese se considere en la
resolución de su Moción de Reconsideración.
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El Administrador de la SecretarÃa de Procedimientos Adjudicativos evalúa el
cumplimiento de los anteriores requisitos y tiene la facultad para rechazar de plano
cualquier Moción de Reconsideración que no cumpla con cualquiera de ellos.