Regl. 8520, art. 1
AUTORIDAD
Cite as Reglamento Núm. 8520, Art. 1
La Autoridad para promulgar el presente Reglamento emana del Artículo 18 de la Ley 77
del 25 de junio de 1964, según enmendada conocida como "Ley para Prohibir las Prácticas
Monopolísticas y Proteger la Justa y Libre Competencia en los Negocios y el Comercio", según
enmendada por la Ley 256 del 15 de agosto de 1999; Ley 103 del 17 de junio de 2000; la Ley 104
del 17 de junio de 2000 y la Ley 323 de 28 de diciembre de 2003, según enmendada, y a tenor
con las disposiciones de la Ley 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como
la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.