Regl. 8520, art. 12

DELEGACIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 8520, Art. 12

El Director Ejecutivo podrá delegar en uno o más funcionarios de la Compañía la facultad para expedir o denegar las certificaciones y para firmar cualquier documento relacionado con tal delegación y en este Reglamento; así como, para atender el trámite posterior que se requiera. Asimismo, deberá destinar el personal y los recursos necesarios para asegurar el eficaz desenvolvimiento del Programa.
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