Regl. 8520, art. 12
DELEGACIÓN
Cite as Reglamento Núm. 8520, Art. 12
El Director Ejecutivo podrá delegar en uno o más funcionarios de la Compañía la
facultad para expedir o denegar las certificaciones y para firmar cualquier documento relacionado
con tal delegación y en este Reglamento; así como, para atender el trámite posterior que se
requiera. Asimismo, deberá destinar el personal y los recursos necesarios para asegurar el eficaz
desenvolvimiento del Programa.