Regl. 8523, art. 5

Manual para crear y definir funciones del Comité de Clasificación y Tratamiento en las Instituciones Correccionales. Este manual será de aplicabilidad a todo el personal de las instituciones correccionales, centros de tratamiento residenciales o Negociado de Comunidad y Hogares de Adaptación Social del Departamento de Corrección y Rehabilitación.

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Cite as Reglamento Núm. 8523, Art. 5

Procedimientos a Observarse en el Funcionamiento y en el Desarrollo de los Trabajos del Comité 14 A. Organización y Planificación de Permisos 14 B. Procedimientos para Referir Casos del Comité 16 C. Proceso de Evaluación y Toma de Decisiones 17 IMPOSICIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS 19 VI DEROGACIÓN 19 VII SEPARABILIDAD 19 VIII VIGENCIA 20 IX CION OF PUERTO RICO San Juan, Puerto Rico MANUAL PARA CREAR Y DEFINIR FUNCIONES DEL COMITÉ DE CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO EN LAS INSTITUCIONES CORRECCIONALES I. PROPÓSITO El Artículo VI, Sección 19, de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Plan de Reorganización Núm. 2-2011, el cual establece las facultades del Departamento de Corrección y Rehabilitación, establecen como política pública que las instituciones correccionales propenderán a la rehabilitación moral y social de las personas confinadas en las mismas, siguiendo el principio de tratamiento individualizado. Para ello es menester crear y definir los poderes y responsabilidades de un organismo que a nivel de la institución correccional tome las decisiones fundamentales respecto al tratamiento del confinado a fin de dar cumplimiento al objetivo correccional. Este organismo se denominará como el Comité de Clasificación y Tratamiento. Este Comité, creado mediante estas reglas, será responsable de evaluar la situación del confinado para determinar el plan de acción a tomar en cada caso y el progreso alcanzado por éste a fin de garantizar los objetivos de rehabilitación y de seguridad pública enmarcados en los propósitos de la ley correccional. II. BASE LEGAL Plan de Reorganización Núm. 2-2011, el cual establece las facultades del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1998, según enmendada, conocida como la "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico". III. APLICABILIDAD Este Manual será de aplicabilidad a todo el personal de las instituciones correccionales, centros de tratamiento residenciales O Negociado de Comunidad y Hogares de Adaptación Social del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Así también, será aplicable a toda la población correccional bajo la jurisdicción del Departamento de Corrección y Rehabilitación. IV. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 1. Comité de Clasificación y Tratamiento organismo establecido en cada una de las instituciones correccionales del Departamento de Corrección y Rehabilitación, -2- responsable de evaluar periódicamente las necesidades y programas de tratamiento para los confinados sentenciados. 2. Confinado Sentenciado un individuo que ha sido convicto de delito y sentenciado por un Tribunal 0 que ha sido encarcelado por desacato civil. 3. Custodia Protectiva modalidad no punitiva de separar a los confinados que soliciten 0 requieran protección contra otros confinados. En algunas situaciones estos confinados deben ser recluidos en una celda individual O en una celda doble, dependiendo de las circunstancias que hayan dado lugar a su ubicación en custodia protectiva. Otros confinados en custodia protectiva pueden ser ubicados de forma segura en dormitorios protectivos que cuenten con niveles adecuados de supervisión por parte del personal. 4. Hogares de Adaptación Social (HAS) centros que se utilizan con mayor frecuencia en la preparación de los confinados para su excarcelación, 0 para prepararse para participar en programas de la comunidad que les permiten convivir y trabajar en la comunidad, siempre y cuando cumplan con los criterios establecidos por el Departamento de Correccion y Rehabilitación. 3- 5. Institución toda estructura que se mantiene para fines de albergar y supervisar a personas cuyo cuidado y custodia son responsabilidad del Departamento de Corrección y Rehabilitación (sentenciados O sumariados). La institución deber ser operada y administrada por el Departamento de Corrección y Rehabilitación O por una compañía privada de administración que haya sido contratada por el Departamento de Corrección y Rehabilitación 0 que esté autorizada, mediante contrato con el Departamento de Corrección y Rehabilitación. 6. División de Servicios de Evaluación y Asesoramiento - unidad de trabajo del Negociado de Rehabilitación y Tratamiento del Departamento de Corrección y Rehabilitación que evalúa, provee tratamiento y asesora a los confinados en lo que respecta a sus problemas psicológicos y sociales. 7. Programas de Tratamiento Comunitarios - programas ubicados en la comunidad con medidas de seguridad menos restrictivas que ofrecen tratamiento O supervisión a los confinados bajo la jurisdicción del Departamento de Corrección y Rehabilitación. 4- 8. Segregación Administrativa la ubicación no punitiva en la población, producto de una asignación realizada de acuerdo con los procedimientos de clasificación del Departamento de Corrección y Rehabilitación. 9. Técnico de Servicios Sociopenales empleado correccional cuyas responsabilidades son, entre otras: a. Orientar y ofrecer servicios a los confinados dependiendo de las necesidades que éstos presenten. b. Proveer al Comité de Clasificación y Tratamiento un resumen del delito actual del confinado, su situación social, historial delictivo y fecha de excarcelación. C. Proveer al Comité la puntuación obtenida en el formulario de Clasificación de Custodia. d. Recomendar al Comité un plan institucional para cada confinado sentenciado. V. REGLAS DE APLICACIÓN GENERAL
Regl. 8523, art. 5: Manual para crear y definir funciones del Comité de Clasificación y Tratamiento en las Instituciones Correccionales. Este manual será de aplicabilidad a todo el personal de las instituciones correccionales, centros de tratamiento residenciales o Negociado de Comunidad y Hogares de Adaptación Social del Departamento de Corrección y Rehabilitación. | Justis AI