Regl. 1279, art. 201.4a-201.3b
Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. VI -- Montacargas de Trabajadores. No incluido en el Ãndice bajo la Ley Núm. 149 de 12 dic, 2005
Cite as Reglamento Núm. 1279, Art. 201.4a-201.3b
201.3b - Capacidad de Carga
Los amortiguadores de muelles para carro y
contrapeso serán capaces de soportar, sin comprimirse
totalmente, una carga estâtica que tenga un máximo
de dos (2) veces el peso total de:
a. El carro y su carga permisible para amortiguadores del carro.
b. El contrapeso para el amortiguador del
contrapeso.
Los amortiguadores serán comprimidos completamente con una carga estática de tres (3) veces el
peso de:
a. El carro y su carga permisible para el
amortiguador del carro.
b. El contrapeso para el amortiguador de
contrapesos.