Regl. 8527, art. 1.02
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Cite as Reglamento Núm. 8527, Art. 1.02
Este Reglamento se conocerá como el "Reglamento para el Registro de
Consultores Certificados y Autorizados a Elaborar Planes de Clasificación O
Valoración de Puestos y Retribución y los Reglamentos de Personal en el
Servicio Público".