Regl. 8527, art. 1.03
Propósito
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Cite as Reglamento Núm. 8527, Art. 1.03
El presente Reglamento tiene el propósito de: (1) crear un Registro de
Consultores Certificados y Autorizados con el fin de garantizar un servicio de
calidad y excelencia por parte de todos los Consultores Certificados y
Autorizados que le proveen servicios a las agencias y municipios del Gobierno
del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para la elaboración de planes de
clasificación o valoración de puestos y retribución, y los reglamentos de
personal; (2) asegurarse de que dichos Consultores Certificados y Autorizados
tengan la pericia necesaria para que no se menoscabe el Principio de Mérito
existente en las Agencias; (3) establecer los requisitos y procedimientos
uniformes para la solicitud de certificación y la solicitud de renovación de la
certificación, de manera tal que se garantice que el procedimiento de
certificación sea uno justo y rápido.