Regl. 8527, art. 1.07

Aplicabilidad del Reglamento

Length: 98 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8527, Art. 1.07

El presente Reglamento aplicará en conjunto con cualquier otra ley que haya sido aprobada O sea aprobada; y aplicará a todas las personas naturales 0 jurídicas que deseen ser registradas o sean registradas en el Registro de Consultores Certificados y Autorizados para preparar planes de clasificación 0 valoración de puestos y retribución, y reglamentos de personal, en agencias, corporaciones públicas O público privadas y municipios. Esto debido a que dichos organismos deben adoptar reglamentos de personal que incorporen el Principio de Mérito, y por ser la clasificación de puestos una de las áreas esenciales a dicho principio. 7
Regl. 8527, art. 1.07: Aplicabilidad del Reglamento | Justis AI