Regl. 8527, art. 1.11 dup2
Responsabilidad de los Consultores Certificados y
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Cite as Reglamento Núm. 8527, Art. 1.11 dup2
Autorizados con Contratos Vigentes
En caso de que la certificación caduque durante la vigencia de un contrato de
servicios, es responsabilidad del Consultor Certificado y Autorizado notificar
inmediatamente a la agencia el vencimiento de la certificación. De no renovarse
durante el término requerido, no se podrá continuar ofreciendo el servicio, hasta
tanto renueve la certificación.
CAPÍTULO 2 COMITÉ EVALUADOR DE SOLICITANTES A CONSULTOR
CERTIFICADO Y AUTORIZADO