Regl. 8527, art. 3.03

Solicitud de Reconsideración

Length: 47 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8527, Art. 3.03

En el caso que se negara la Certificación de Consultor, se notificará al peticionario su derecho a solicitar reconsideración dentro del término de veinte (20) días, contados a partir de la notificación de la determinación del Director, mediante correo ordinario O correo electrónico (Ver Artículo 6.01). 16
Regl. 8527, art. 3.03: Solicitud de Reconsideración | Justis AI