Regl. 8528, art. 1.03
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 8528, Art. 1.03
Para todos los efectos, las palabras utilizadas en el presente Reglamento, que a
continuación se indican, tendrán el significado que a su lado se expresa.
1. Consejo Asesor Se refiere al Consejo Asesor para el Desarrollo de la Carrera
Pública.
2. Escuela se refiere a la Escuela de Educación Continua de la OCALARH.
3. Integrante - término que se utilizará en sustitución del término miembro, ya que
es una palabra inclusiva.
4. OCALARH se refiere a la Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos
Laborales y de Administración de Recursos Humanos.
5. Presidente Se refiere al Presidente del Consejo Asesor.
6. Reuniones de urgencia cuando se convoca a reuniones donde existe una
inmediata obligación de cumplir una ley o un precepto.
7. Director - la persona que ocupa el puesto de Director de la OCALARH.
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8. Quórum se compondrá de la mitad más uno de los miembros del Consejo
Asesor.