Regl. 8528, art. 1.03

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 8528, Art. 1.03

Para todos los efectos, las palabras utilizadas en el presente Reglamento, que a continuación se indican, tendrán el significado que a su lado se expresa. 1. Consejo Asesor Se refiere al Consejo Asesor para el Desarrollo de la Carrera Pública. 2. Escuela se refiere a la Escuela de Educación Continua de la OCALARH. 3. Integrante - término que se utilizará en sustitución del término miembro, ya que es una palabra inclusiva. 4. OCALARH se refiere a la Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración de Recursos Humanos. 5. Presidente Se refiere al Presidente del Consejo Asesor. 6. Reuniones de urgencia cuando se convoca a reuniones donde existe una inmediata obligación de cumplir una ley o un precepto. 7. Director - la persona que ocupa el puesto de Director de la OCALARH. 1 8. Quórum se compondrá de la mitad más uno de los miembros del Consejo Asesor.
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