Regl. 8528, art. 2.01
Creación del Consejo Asesor
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Cite as Reglamento Núm. 8528, Art. 2.01
El Consejo Asesor se crea por las disposiciones establecidas en el Artículo 7 de la Ley
Núm. 184, supra. El propósito de su creación es profesionalizar la carrera del servidor
público, de manera que estén preparados para enfrentar los retos gubernamentales y
ofrecer un mejor servicio a la ciudadanía. Este Consejo Asesor es responsable de
garantizar que la capacitación de los recursos humanos esté orientada al logro de las
metas y compromisos gubernamentales.