Regl. 8530, art. IV-2 dup2
Requisitos particulares aplicables a proveedores(as) en casos de
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Cite as Reglamento Núm. 8530, Art. IV-2 dup2
dispensa, pensionados e historial de incumplimiento
2.1 Proveedores(as) cuyos familiares trabajen en la Corporación
Además de los requisitos aplicables a todo contrato, aquéllos que la Corporación se
proponga otorgar a proveedores(as) que sean individuos y cuyos familiares trabajen en la
Corporación requerirán una dispensa del Gobernador(a) 0 del funcionario(a) en quien
éste(a) delegue. El Presidente(a) será el encargado de solicitar dicha dispensa.
2.2 Proveedores(as) pensionados de sistemas de retiro del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico
La Corporación podrá contratar con proveedores(as) que sean pensionados(as) de
los sistemas de retiro subvencionados por el Gobierno de Puerto Rico, siempre que
cumpla con las disposiciones incluidas en la Carta Normativa Especial Número 1-99 de
la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 15 de
junio de 1999, sobre "Normas para el Empleo y Contratación de Pensionados por Años
de Servicios de los Sistemas de Retiro Subvencionados por el Gobierno de Puerto
Rico" y cualquier otra normativa aplicable.
2.3 Proveedores(as) con historial de incumplimiento de contratos
La Corporación no contratará con proveedores(as) que hayan incumplido con los
términos y condiciones de contratos previos otorgados con la Corporación. Esto incluye a
personas que hayan prestado servicios como contratistas 0 subcontratistas de la
Corporación y a personas jurÃdicas cuyos oficiales, socios(as), directores(as),
empleados(as), subcontratistas y agentes sean los mismos que prestaron servicios a
nombre de la persona jurÃdica antecesora que incurrió en incumplimiento contractual con
la Corporación.
GuÃas para la Contratación y Gerencia de
Sometido por:
Contratos de Servicios Profesionales 0 Consultivos
de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño MartÃn Peña
Aprobado por:
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La Corporación podrá mantener una lista de aquellos proveedores(as) que hayan
incurrido en incumplimiento con los términos y condiciones de contratos previos otorgados
con la Corporación.