Regl. 8530, art. IV-2 dup2

Requisitos particulares aplicables a proveedores(as) en casos de

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Cite as Reglamento Núm. 8530, Art. IV-2 dup2

dispensa, pensionados e historial de incumplimiento 2.1 Proveedores(as) cuyos familiares trabajen en la Corporación Además de los requisitos aplicables a todo contrato, aquéllos que la Corporación se proponga otorgar a proveedores(as) que sean individuos y cuyos familiares trabajen en la Corporación requerirán una dispensa del Gobernador(a) 0 del funcionario(a) en quien éste(a) delegue. El Presidente(a) será el encargado de solicitar dicha dispensa. 2.2 Proveedores(as) pensionados de sistemas de retiro del Estado Libre Asociado de Puerto Rico La Corporación podrá contratar con proveedores(as) que sean pensionados(as) de los sistemas de retiro subvencionados por el Gobierno de Puerto Rico, siempre que cumpla con las disposiciones incluidas en la Carta Normativa Especial Número 1-99 de la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 15 de junio de 1999, sobre "Normas para el Empleo y Contratación de Pensionados por Años de Servicios de los Sistemas de Retiro Subvencionados por el Gobierno de Puerto Rico" y cualquier otra normativa aplicable. 2.3 Proveedores(as) con historial de incumplimiento de contratos La Corporación no contratará con proveedores(as) que hayan incumplido con los términos y condiciones de contratos previos otorgados con la Corporación. Esto incluye a personas que hayan prestado servicios como contratistas 0 subcontratistas de la Corporación y a personas jurídicas cuyos oficiales, socios(as), directores(as), empleados(as), subcontratistas y agentes sean los mismos que prestaron servicios a nombre de la persona jurídica antecesora que incurrió en incumplimiento contractual con la Corporación. Guías para la Contratación y Gerencia de Sometido por: Contratos de Servicios Profesionales 0 Consultivos de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña Aprobado por: Página #11 de 30 La Corporación podrá mantener una lista de aquellos proveedores(as) que hayan incurrido en incumplimiento con los términos y condiciones de contratos previos otorgados con la Corporación.
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