Regl. 8530, art. VII-3 dup2

Gerencia de contratos

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Cite as Reglamento Núm. 8530, Art. VII-3 dup2

3.1 Gerente de contratos 3.1.1 Designación Salvo los contratos de auditoría, el Director(a) Ejecutivo(a) administrará los contratos de acuerdo con los términos y condiciones pactados, 0 podrá delegarla, en todo 0 en Guías para la Contratación y Gerencia de Sometido por Contratos de Servicios Profesionales O Consultivos de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña Aprobado por: Página #26 de 30 parte y cuando así lo determine, en un(a) gerente de contrato. La Junta determinará las normas a seguir para la administración de los contratos de auditoría. 3.1.2 Responsabilidades En el descargue de sus responsabilidades, el Director(a) Ejecutivo(a), el gerente de contrato, 0 la(s) persona(s) designada(s) por la Junta para administrar contratos de auditoría, llevará a cabo las siguientes tareas: (a) Antes de que el contratista comience a prestar servicios, se cerciorará de que: i. el contrato esté firmado por el contratista y el representante(s) autorizado(s) de la Corporación para otorgar el contrato. ii. la certificación correspondiente al otorgamiento del contrato, que debe enviarse a la Oficina del Contralor(a), contenga la información requerida y esté firmada por el contratista y el representante(s) autorizados de la Corporación para otorgar el contrato, de conformidad con la reglamentación vigente. (b) Verificará que el contratista haya entregado, o entregue en el plazo establecido en el contrato, los documentos requeridos para contratar, según el tipo de contrato de que se trate. Se asegurará, además, de que los documentos requeridos cumplan con la normativa aplicable y estén vigentes. (c) Velará, de manera particular, por el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato en relación con la subcontratación de servicios del contrato por el contratista. De considerarlo necesario, podrá revisar los subcontratos, a los fines de proteger los intereses de la Corporación. (d) Evaluará las facturas y cualquier otra información que estime pertinente solicitar al contratista y, cuando proceda, recomendará para pago las facturas por servicios prestados, según los términos del contrato, luego de cerciorarse de que el contratista ha cumplido con los requerimientos establecidos en el contrato, la normativa aplicable al proceso de pago y la reglamentación de la Corporación aplicable a los servicios de que se trate. El Director(a) Ejecutivo(a) podrá requerir la firma de otro funcionario 0 empleado de la Corporación como parte del proceso de certificación de cumplimiento de las facturas del contratista. (e) En caso de incumplimiento con las cláusulas y condiciones del contrato, lo documentará de inmediato y hará constar, como mínimo: (i) la identificación de la cláusula y condición del contrato incumplida, (ii) una breve descripción sobre la Guías para la Contratación y Gerencia de Sometido por: Contratos de Servicios Profesionales O Consultivos de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña Aprobado por: JGAN Página #27 de 30 conducta constitutiva de incumplimiento que incluya la fecha en que se identificó y la acción tomada por la persona a cargo de administrar el contrato; y, (iii) recomendaciones. El gerente de contrato se asegurará de notificar el informe de incumplimiento al Director(a) Ejecutivo(a), a la Junta 0 a ambas, según aplique, para la acción correspondiente. 3.2 Facturación y pago de servicios (a) La Corporación sólo pagará por servicios rendidos, de conformidad con los términos del contrato y la normativa aplicable. (b) Previo a procesar para pago las facturas por servicios profesionales 0 consultivos, el funcionario(a) de la Corporación que esté a cargo de la preintervención de facturas deberá: i. cotejar que el servicio facturado esté dentro de los términos del contrato; ii. determinar si procede la devolución del monto retenido a aquellos contratistas a quienes se les haya remunerado mediante pagos parciales, una vez haya verificado la corrección de dichos pagos; y, iii. verificar que la factura parcial o final haya sido debidamente certificada para pago por el funcionario(a) responsable de administrar el contrato. iv. Solicitar al contratista una certificación de deuda del Departamento de Hacienda y cualquier otra certificación de deuda que aplique, antes de emitir el último pago. (c) Si durante la vigencia del contrato surgieran aumentos en los gastos de nómina del contratista, fijados por ley, la Corporación se los reembolsará, salvo cuando los honorarios del contrato se hayan establecido a base de las tarifas establecidas por ley 0 reglamento, por colegios profesionales O mediante suma alzada. (d) El gerente de contrato analizará las reclamaciones que presente el contratista, así como los costos de cualquier tipo de contrato y notificará por escrito sus recomendaciones al Director(a) Ejecutivo(a), a la Junta o a ambas, según aplique.
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