Regl. 8530, art. V-4 dup2

Selección de proveedores(as) de servicios de auditoría y en casos de

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Cite as Reglamento Núm. 8530, Art. V-4 dup2

emergencia 4.1 Contratos de auditoría 4.1.1 Solicitud de propuestas La Junta determinará si invita a un proveedor(a) 0 a varios a presentar propuesta(s). Cuando la Junta determine invitar a varios proveedores(as), el comité de auditoría de la Junta preparará una solicitud de propuestas y determinará aquel medio para notificar a los proveedores(as) que mejor satisfaga el objetivo de identificar a los proveedores(as) más calificados para prestar los servicios profesionales requeridos y documentará y mantendrá un expediente sobre el proceso seguido para la selección del proveedor(a). 4.1.2 Evaluación de propuestas La aceptación y evaluación de las propuestas de servicios de auditoría estará a cargo del comité de auditoría constituido por la Junta, de conformidad con el Reglamento de Funcionamiento Interno de la Junta de Directores de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña. La documentación y mantenimiento de los expedientes se llevará a cabo de acuerdo al proceso establecido en dicho Reglamento. El comité de auditoría evaluará las propuestas a base de los parámetros establecidos en la solicitud de propuestas y presentará por escrito a la Junta una recomendación sobre la selección del proveedor(a). La Junta tomará la determinación sobre la selección del proveedor(a), así como los términos y condiciones para otorgar el Guías para la Contratación y Gerencia de Sometido por: Contratos de Servicios Profesionales o Consultivos de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña Aprobado por: Página #15 de 30 contrato. Una vez seleccionado por la Junta, el comité de auditoría negociará con el proveedor(a) los términos y condiciones del contrato, sujeto a los parámetros de contratación establecidos por la Junta en la resolución correspondiente. El comité de auditoría podrá negociar términos económicos más razonables para la Corporación con el proveedor(a) seleccionado por la Junta. 4.2 Situaciones de emergencia Cuando surjan situaciones de emergencia, la Corporación podrá obviar el procedimiento regular establecido en las Guías para evaluar y seleccionar los proveedores en, pero documentará, lo antes posible, las circunstancias, las razones y el proceso seguido para justificar dicha acción. Aún en casos de emergencia, la Corporación cumplirá con las normas aplicables a la formalización y gerencia de los contratos de servicios profesionales.
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