Regl. 8531, art. 2-2.3

CARGOS DE INVESTIGACIÓN Y DERECHOS DE LICENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 8531, Art. 2-2.3

Al someter la solicitud de licencia, el peticionario pagará quinientos dólares ($500.00) por concepto de cargos de investigación y mil dólares ($1,000.00) por PUERTO RICO REGLAMENTO PARA REGULAR y EXPEDIR LICENCIAS A LAS AGENCIAS RECTIFICADORAS DE CRÉDITO Page 10 of 32 concepto de derechos de licencia anual. Ambos pagos, se harán mediante cheque certificado expedido a nombre del Secretario de Hacienda; si la licencia se emitiere después del 30 de junio de cualquier año, el derecho de licencia anual será de quinientos dólares ($500.00) por el año en curso y mil dólares ($1,000.00) por los años subsiguientes. El Secretario de Hacienda establecerá una cuenta especial con los fondos allegados por conceptos de estos pagos que serán remitidos al Departamento de Asuntos del Consumidor para llevar a cabo los propósitos de la Ley.
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