Regl. 8539, art. I
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Cite as Reglamento Núm. 8539, Art. I
Esta tercera enmienda se promulga de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
número 8373, según enmendado, el cual establece el ordenamiento del Programa Mi Casa Propia
(el "Programa") creado por la Ley Núm. 34 del 26 de junio de 2013, según enmendada por la
Ley Núm. 172 del 26 de diciembre de 2013, y la Ley Núm. 197 del 8 de diciembre de 2014, la
cual autoriza a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (la "Autoridad") a crear el
Programa y disponer sobre sus parámetros de funcionamiento, aplicabilidad, entre otros. El
Programa se establece conforme a las facultades concedidas a la Autoridad en la Ley Núm.
146 del 30 de junio de 1961, según enmendada, que crea el Banco y Agencia para el
Financiamiento de la Vivienda; en la Ley 103 de 11 de agosto de 2001, según enmendada,
que transfiere las facultades del Banco a la Corporación para el Financiamiento de la
Vivienda y la re-denomina Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto
Rico; y en la Resolución Número 4023 de la Junta de Directores del Banco Gubernamental de
Fomento del 16 de noviembre de 1977 y sus enmiendas.